jueves, 13 de febrero de 2014

DIFERENCIA ENTRE LOS MAESTROS DE AUDICIÓN Y LENGUAJE Y LOS DIPLOMADOS EN LOGOPEDIA


Es muy importante aclarar términos muchos padres y profesionales creen que las logopedas y las maestras de audición y lenguaje tienen las mismas actuaciones y están equivocadas, para aclarar yo me remito al BOE el cual nos aclara las competencias de ambas disciplinas.

  R.D 1440/1991 del 30 de agosto (BOE 11-10-91), que dice así:

El Maestro de Audición y Lenguaje es un especialista dedicado a promover y desarrollar la prevención de los problemas de lenguaje, a la potenciación de las capacidades comunicativo-lingüísticas y a la solución de problemas específicos de lenguaje y comunicación en un centro educativo, contextualizando su labor con las características propias de cada centro. Las funciones del maestro de Audición y Lenguaje son variadas. Por un lado, desempeña su profesión atendiendo directamente a todos los alumnos que presenten dificultades, tanto en el desarrollo del lenguaje y/o la comunicación, como en proporcionar tratamiento o reeducación en los posibles trastornos que aparecen en este área. Por otro lado, su trabajo también estará dirigido a servir de apoyo y orientación al resto de los profesores del centro, a la hora de realizar las adaptaciones curriculares oportunas, para poder ofrecer así una respuesta educativa ajustada a las necesidades educativas especiales de cada uno de los alumnos. Los lugares en los que estos profesionales desempeñan su actividad docente son centros donde se atiende a alumnos con necesidades educativas especiales en el área de la Comunicación y el Lenguaje.

 

 

Por otro lado con la aprobación del R. D 1419/1991 , de 30 de Agosto, que estableció el título oficial de diplomatura en logopedia y las directrices generales propias de los planes de estudio que conducen a su obtención. Posteriormente con la aprobación de la Ley estatal 44/2003, de  21 de noviembre, de ordenación de Profesiones Sanitarías, supuso el reconocimiento como profesiones sanitarias de aquellas que la normativa reconoce como titulaciones en el ámbito de la salud. En este sentido, el artículo 2.2 b) de la citada ley recoge como profesión sanitaria de nivel Diplomado, la profesión para cuyo ejercicio habilita el título de diplomado en logopedia.

La Logopedia es una disciplina aplicada que realiza actividades de diagnóstico, prevención, evaluación y recuperación de los trastornos de la audición, la fonación y el lenguaje. Trata los problemas, disfunciones o retrasos que se presentan en los campos del habla, del lenguaje, de la voz y de la comunicación, además de la deglución y otros ámbitos como la evaluación y el tratamiento de los trastornos de lecto-escritura. Para ello, se trabaja desde el campo cognitivo, físico y fisiológico.

Los logopedas son profesionales que trabajan con personas de cualquier edad, sea cual sea la causa (funcional, orgánica o adaptativa) que originan los trastornos. El área de actuación de la Logopedia y el ejercicio de la profesión se desarrolla en diferentes entornos: atención temprana, centros sociales de mayores y discapacitados, centros de especialidades médicas, hospitales, grupos de investigación lingüística, gabinetes privados…

 

 


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